viernes, 22 de julio de 2016

Cómo elegir una buena formación en Compliance

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si eres follower de este sitio, conoces que en España las personas jurídicas son sujetos del Derecho Penal desde diciembre de 2010, por lo que pueden pasar por las horcas caudinas de un proceso penal y, por derivación, ser condenadas a penas considerables. Como consecuencia de lo anterior, las sociedades mercantiles y otras entidades jurídicas se encuentran expuestas sobremanera a todas las consecuencias que se derivan de un proceso penal. Con la entrada de la reciente Ley 1/2015 de 30 de marzo de reforma del Código Penal, en vigor el 1 julio de 2015, han proliferado por doquier cursos, jornadas e incluso congresos, organizados por entidades variopintas, desde instituciones universitarias, hasta colegios profesionales, pasando por bufetes de abogados, consultoras, escuelas de negocio y otros centros de formación, ofreciendo el conocimiento en las modalidades presenciales y on line. Todo eso está muy bien siempre que la enseñanza que se ofrezca sea de calidad, por lo que el perfil de los docentes, profesores, tutores y ponentes es fundamental. En este año transcurrido desde la entrada en vigor de la última Reforma del Código Penal, nos hemos encontrado de todo, desde congresos nacionales plagados exclusivamente de magistrados hasta cursos de formación organizados por despachos donde sus socios ponen relativos "cachés" y son impartidos on line por auxiliares. 

A la hora de elegir una formación en esta materia, hay que escrutar con alma de Sherlock Holmes el plan de estudio, que entiendo debe ser eminentemente práctico, la metodología, en directo y en diferido, y el claustro de profesores. En este último apartado, es un valor siempre que dicha relación contenga algún magistrado pero no deben ser exclusivamente profesionales de la carrera judicial, puesto que entonces la visión será parcial, ni tienen por qué ser “jueces estrella”. El valor del claustro se encuentra en perfiles especializados en Derecho, Economía o Empresa, y si disponen de doble titulación mejor, junto a una experiencia contrastada. Los perfiles directivos de grandes empresas o multinacionales son interesantes, pero téngase en cuenta que el altísimo porcentaje de PYMEs en el país de referencia exige el profundo conocimiento de ese tejido empresarial específico, por lo que aquellos perfiles que trabajan en la mediana o pequeña empresa, ya sea en sus equipos directos o como staffs, aportarán un grado en la formación que será valorado por el alumnado. Igualmente, se apreciará si el ponente ha publicado sobre cumplimiento normativo.

Por lo anterior, el claustro no tiene que ser extensísimo y sí cualitativamente importante desde la practicidad. ¡Ojo! Porque se suele utilizar una larga relación de “figuras” para enganchar la contratación del alumnado. En muchos casos, estos fichajes estrella o no aparecen, porque actúan de consejo asesor del máster, experto, curso, jornadas o congresos, o dan una clase magistral y “punto pelota”. Lo que necesita el participante es que se le enseñe a realizar un corporate compliance, a analizar los riesgos, a poner en marcha el programa… Práctica, práctica y más práctica, puesto que la teoría ya se sabe donde está. En este sentido, profesionales con experiencia en la implantación y seguimiento de estos programas, con formación reglada en Derecho, Economía, Empresariales, valorándose dobles titulaciones y experticias previas en Compliance, son los más recomendados. Y si se acompaña de un miembro de la carrera judicial también conocedor de estas lides, tendremos un equipo docente, formado por dos o, a lo sumo, tres profesores, de primerísima calidad. ¡Ah! No olvidar que también tienen que disponer de madera de formador, condición en todo caso necesaria.