La Audiencia Provincial de Barcelona, en la Resolución 155/2014 (si quieres acceder a la Sentencia, clickea AQUÍ), ha fallado condenando a una persona física como autor penal y civilmente responsable de un de delito contra el medio ambiente, junto a una sociedad limitada, persona jurídica, condenada igualmente. Según la Sentencia, los hechos objeto de enjuiciamiento se declararon constitutivos de un delito continuado contra el medio ambiente.