martes, 15 de marzo de 2022

¿Puedo externalizar la elaboración de un PMA?

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
El ponente, gestor administrativo por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública del Gobierno de España, economista, abogado, miembro del Registro de Expertos en Cumplimiento Normativo y Digitalización del Consejo General de Economistas de España (ECN-CGE) y de la Sección de Derecho Penal del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga así como experto universitario en cumplimiento normativo y perito judicial en compliance penal, reflexiona acerca de la posibilidad de externalizar la elaboración de un plan de medidas antifraude (PMA), en línea con lo estipulado en la Orden HFP10302021[1] del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. y las Orientaciones para la elaboración del PRTR[2]. Fuente de la imagen: archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Recuperación, Transformación, Resiliencia y Compliance. 2021. Sitio visitado el 15/03/2022.
[2] Velasco Carretero, Manuel. 
Orientaciones para la elaboración del PRTR. 2022. Sitio visitado el 15/03/2022.