martes, 1 de noviembre de 2016

ISO 37001:2016 - Justificación, Objeto y Campo

Fuente de la imagen: elaboración propia
Coincido con lo que en relación al soborno[1], apunta la Organización Internacional de Normalización (ISO)[2], en la introducción a la Norma ISO 37001:2016, ese mal hábito global que plantea serias inquietudes sociales, morales, económicas y políticas, socava el buen gobierno, obstaculiza el desarrollo y distorsiona la competencia, erosiona la justicia, socava los derechos humanos y es un obstáculo para el alivio de la pobreza[3]. Todo lo anterior implica un aumento de los costes al hacer negocios, introduciendo incertidumbres en las transacciones comerciales, aumentando el precio de los bienes y servicios, disminuyendo la calidad de los productos y servicios, lo que inevitablemente conduce a la pérdida de vidas y bienes, destruyendo la confianza en las instituciones e interfiriendo con el correcto y eficiente funcionamiento de los mercados.

En este sentido, la ISO 37001:2016 tiende a reflejar las buenas prácticas internacionales con el anhelo de que sea utilizado en todas las jurisdicciones, siendo aplicable a las organizaciones pequeñas, medianas y grandes en todos los sectores, incluidos los sectores público, privado y sin fines de lucro. Para ISO, los riesgos de soborno que enfrenta una organización varían en función de factores tales como el tamaño de la organización, los lugares y sectores en los que opera la organización y la naturaleza, magnitud y complejidad de sus actividades. La Norma especifica la implementación por parte de la organización de las políticas, procedimientos y controles que sean razonables y proporcionales de acuerdo con los riesgos de soborno a los que se enfrenta la organización. 

Los requisitos de la Norma son genéricos, con la finalidad de que se pueda aplicar a todas las organizaciones, con independencia de su tipo, sector, tamaño o naturaleza de la actividad. El objeto de aplicación se encuentra relacionado con el soborno, directo o indirecto, interno o externo, en los sectores públicos y privado así como en organizaciones no gubernamentales, así como por parte del personal de la organización, los socios de negocio, o bien el soborno a la organización. La Norma aclara que no aborda de manera específica el fraude, carteles, blanqueo de capitales u otras actividades relacionadas con prácticas corruptas. Finalmente, el sistema puede ser independiente o integrarse en un sistema de ámbito más amplio o global. Fuente de la información: ISO; fuente de la imagen: elaboración propia.
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[1] Dar dinero o regalos a alguien para conseguir algo de forma ilícita (Real Academia de la Lengua Española).
[2] Sitio visitado el 01/11/2016.
[3] Enciclopedia española de derecho y administración. Lorenzo Arrazola, 1856.