lunes, 6 de junio de 2016

El Canal de Denuncias en Compliance

En el marco de una especialización y práctica sobre cumplimiento normativo, desde hace unas semanas Javier y Gustavo no han parado de darme caña con la importancia del canal de denuncias en materia de compliance penal en general y corporate compliance en específico. Pero ¿Qué es el canal de denuncias? Beatriz, directora del Área Penal y Compliance en Legal y Económico, en una entrevista publicada a primeros de 2016 en elderecho.com (si quieres acceder al contenido, clickea AQUÍ), apuntaba que “los canales de denuncia interna son un medio de control para procurar dotar de mayor eficacia al sistema de prevención del delito”. Para Saura, “contar con el canal de denuncias forma parte de las medidas que se introducen en la empresa al implementar" un programa de compliance, "pero por sí solo no es elemento suficiente que pueda llevar a la aplicación de la atenuante, como tampoco lo sería por sí mismo la designación de un Compliance Officer”, debido a que “se trata de establecer en cada empresa, según sus características, un sistema de gestión eficaz para evitar el delito, lo que requiere además de contar con ese canal de denuncias, detectar los puntos de riesgo, proponer las medidas adecuadas para procurar evitar su comisión, dar formación a los directivos y empleados y designar el organismo de control del cumplimiento” (Fuente de la imagen: pixabay).

Un debate que surgió durante las horas de formación fue el de si las denuncias pueden ser anónimas. El dictamen WP 117 de la UE (si quieres acceder al documento clickea AQUÍ), estima que los informes anónimos plantean un problema específico con respecto al requisito esencial de que los datos personales sólo deberían recopilarse de manera leal. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), considera que las empresas no deben informar o promover denuncias anónimas. Otro aspecto importante es garantizar la confidencialidad e informar de ésta al denunciante, en el momento de establecer el primer contacto con el programa, de que su identidad se mantendrá confidencial en todas las etapas del proceso y de que no se divulgará a terceros, ni a la persona incriminada ni a los mandos directivos del denunciante. No obstante, si la persona que informa sigue queriendo permanecer en el anonimato ¿Qué hacer? Estimo que el programa debe aceptar su informe y posteriormente estudiar la bondad y la gravedad de la información y, en su caso, dar trámite o archivar. Finalmente, ¿Por qué es necesario un óptimo canal de denuncias? Son muchas las razones, desde desalentar y evitar las malas prácticas, hasta demostrar un compromiso con el buen gobierno, consolidar la reputación de la institución e incrementar la confianza de los inversores, pasando por la reducción de pérdidas, proteger a los clientes y al público en general o la mejora de la moral del personal comprometido con los objetivos empresariales.